Área de Derecho de Familia de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados
Estimamos oportuno abordar la problemática que existe en torno al sistema de custodia y régimen de visitas en el caso padres separados con hijos menores que todavía se encuentran en periodo de lactancia.
Es una cuestión biológica que, durante los primeros meses de vida, los niños al ser lactantes dependen en mayor medida de sus madres y por ello, en los casos de separación de los progenitores, suele establecer un régimen de custodia monoparental materna.
A causa de ello y en beneficio de los menores, se debe establecer un amplio régimen de visitas a favor del progenitor para que pueda generarse un vínculo afectivo y emocional entre padre e hijo. Dicho régimen debe aumentarse progresivamente, primero estableciendo pernoctas con el progenitor no custodio y, posteriormente, cambiando a un sistema de custodia compartida.
La preferencia por el establecimiento de este último tipo de custodia subyace en el derecho de los hijos a estar y relacionarse por igual tanto con su padre como con su madre, pues con ello se fomenta su integración con ambos. Este es el criterio asentado por el propio Tribunal Supremo en STS de 29 de marzo de 2021: “la adopción de la medida definitiva de la custodia compartida se halla condicionada al interés y beneficio de los menores y es reputada abstractamente beneficiosa, en tanto en cuanto: 1) Se fomenta la integración del menor con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia; 2) Se evita el sentimiento de pérdida; 3) No se cuestiona la idoneidad de los progenitores; 4) Se estimula la cooperación de los padres, en beneficio de los menores”.
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