Las Provincias. 28-6-16.
El órgano pide que sea obligatorio que un árbitro o mediador resuelva disputas entre vecinos socios de empresas, o con los alquileres.
La Corte de Arbitraje no supera el medio centenar de casos al año mientras la saturación de la Justicia sigue en aumento.
Más rápido, flexible y menos costoso económicamente. Estas son algunas de las ventajas que, según la Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Valencia, tiene este servicio frente a la justicia ordinaria. Sin embargo, mientras en los últimos años la resolución de conflictos con la mediación y el arbitraje se ha estancado en poco más de 40 casos al año, el grado de saturación de los juzgados sigue incrementándose, lo que «genera inseguridad en los afectados, retrae las inversiones y mantiene congeladas grandes cantidades de dinero en las cuentas de depósito de los juzgados».
Francisco Amorós, presidente del órgano, acompañado por Francisco Puchol, vocal de la Junta de Gobierno, y por Carmen de Miguel, coordinadora del área jurídica de la Cámara, quisieron dar la voz de alarma sobre la situación por la que atraviesa una modalidad que, por ejemplo, consiguió atajar los graves problemas de saturación judicial que vivía Italia. En este país, el Gobierno decidió que la mediación iba a ser obligatoria y, en sólo un año, resolvió alrededor de 400.000 conflictos, disputas que habrían acabado en los juzgados sin este servicio.
Sin embargo, en Valencia esta alternativa a los tribunales «no va cara al aire», ironizó Amorós. El presidente del consejo recordó la falta de medios que ha arrastrado a la Administración de Justicia a la actual situación de saturación, «lo que incide en el empresario, en el empleado y en la economía en general».
En esta línea, recordó que, anualmente, «entran en el ámbito civil, laboral y contencioso asuntos por un valor de más de 40.000 millones de euros, que no se resuelven en ese ejercicio», por lo que «es urgente resolver estas tardanzas y desajustes». Y como solución, apunta a la mediación y el arbitraje, pese al escaso impacto que está teniendo en los últimos años: sólo en 2012 se superó la barrera de los 40 procedimientos anuales (con 41), mientras que en 2014 únicamente se contabilizaron 18. En los últimos cinco años, poco más de un centenar de disputas se han resuelto por un arbitraje, lo que supone algo más de 90 millones de euros en juego.
Sobre ello, Puchol añadió que mientras el proceso ordinario (más de 6.000 euros) tiene una duración media de 17 meses, el arbitraje no se alarga más de seis por imperativo legal, lo que significa ahorro en tiempo y dinero. Además, de forma previa al proceso, los participantes pueden acordar que la resolución se adopte en un plazo de tiempo todavía inferior.
Otra de las ventajas, según resaltaron, es la confidencialidad. «En temas familiares, de socios de empresas o de la propiedad industrial si hay un juicio es abierto al público, en una mediación se hace todo en privado», subrayaron. La especialización de los árbitros, con más de 100 horas de formación específica y un mínimo de 15 años de ejercicio profesional, es otra de las ventajas.
«Falta cultura»
Sin embargo, y pese a todo ello, la aceptación entre el gran público de esta modalidad está siendo mínima por el escaso calado social que tienen el arbitraje y la mediación. Por ello, desde el consejo reclaman intensas campañas institucionales «similares a las de tráfico o la renta», dignificar las instalaciones en edificios «para que tenga visibilidad entre la ciudadanía» y, sobre todo, establecer campos en la que sea obligatoria. «Así se resolvería en parte la saturación de la justicia, porque esta situación es insostenible», advirtieron. Establecer incentivos, por ejemplo, reduciendo las tasas judiciales si se ha producido una mediación previa, sería otra de las propuestas.
«Los actuales retrasos son una burla para la sociedad, sobre todo porque hay soluciones. En países anglosajones y sudamericanos funciona muy bien, Singapur es uno de los centros mundiales del arbitraje y, por ejemplo en la Comunitat, podría tener mucha aceptación, ya que tenemos mucha cultura del apretón de manos, y tenemos el ejemplo también del Tribunal de las Aguas. Sin embargo, la legislación no nos ayuda», lamentaron.
En cuestiones como el pago de deudas esta modalidad «evitaría el efecto cascada». Por ejemplo, «resolvería en dos meses una disputa que, en la vía judicial, podría alargarse una década, y la deuda se traslada de un proveedor a otro. Si no cobras, no pagas», resumieron.
En el ámbito de la Ley de Propiedad Horizontal resolvería un sinfín de conflictos en las comunidades de vecinos.
Consulta Online