Área de Derecho de la Música de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados.
Winnie the Pooh, Bambi, Micky Mouse… detrás de todas estas creaciones existe una compleja estructura jurídica para su protección, lo que mantiene a flote el negocio del personaje en su creación artística. Pese a ello, el pasado 1 de enero, el cuento de Winnie the Pooh, del escritor británico Alan Alexander Milne, pasó a formar parte del dominio público de los Estados Unidos al cumplir 95 años desde su creación.
Sin embargo, dado el carácter territorial de los derechos de propiedad intelectual, en España los derechos de autor se extinguen a los 70 años desde el fallecimiento de éste, por tanto, habiendo fallecido su autor Milne en 1956, en España expirarán en 2037.
Pero no se hagan ilusiones de ganancia con el personaje, una cosa es que se pueda compartir, copiar o basar un relato en la historia original del célebre oso adicto a la miel y otra muy distinta que se pueda hacer uso de la creación artística del osito rechoncho, a color y con la camiseta roja que todos tenemos en la mente, que está blindada y continuará protegida.
En evitación de que el negocio de su creación se acabe, los personajes de Disney tienen y mantienen una triple protección: la propia de los derechos de autor que se adquieren, el registro tutelar de la marca que protegen tanto el nombre como el dibujo, y el de la propiedad industrial con el diseño. A diferencia de los derechos de autor que tienen una vida larga pero finita, la marca puede ser perpetua si se paga por ella y se renueva. La creación artística del personaje seguirá protegida pero una vez finalice el plazo legal y pase a ser dominio público, se podrá usar y disfrutar de la aportación del creador con plena libertad y sin contraprestación alguna, pero no de la creación artística del personaje que seguirá en la exclusividad de quien ostenta la titularidad. En este caso, Disney en España tiene registrado a Winnie the Pooh como marca propia.
Consulta Online