Un abogado entre jueces: José Domingo Monforte, ponente en un curso para jueces y magistrados

El Consejo General del Poder Judicial celebró el pasado viernes 21 de septiembre en Valencia una jornada formativa, para jueces y magistrados, sobre la responsabilidad civil profesional. En concreto, se analizó la casuística que afecta a médicos y abogados.

La Presidenta de la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Valencia, – Dª María del Carmen Escrig Orenga- dirigía esta jornada en la que se abordó la responsabilidad civil profesional en el ejercicio de la Abogacía desde una doble perspectiva: la judicial y la técnico práctica. Sobre la primera, ofreció una ponencia el  Magistrado de la Sección 6ª Don José Francisco Lara  y, la segunda, la  técnico-práctica, corrió por cuenta del abogado José Domingo Monforte, socio director de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados.

En su intervención, el letrado recordó que cada vez con mayor frecuencia se interponen en los tribunales demandas contra profesionales. Abogados que tienen que actuar contra otros abogados, por haber incurrido los segundos –al menos indiciariamente- en mala praxis en su ejercicio profesional.

Según manifestó José Domingo, buena parte de estas demandas derivan del incumplimiento por parte de los letrados de las normas profesionales y deontológicas de la Abogacía. Obligaciones de índole ética que configuran los clásicos deberes de lealtad, información, fidelidad, secreto profesional  y garantía de custodia de documentos.

Sin embargo, el ponente advirtió que en los últimos años ha aumentado la litigiosidad derivada de incumplimientos de deberes de carácter más novedoso y que han surgido como consecuencia de la implantación de las nuevas tecnologías en los despachos de abogados. Por ejemplo, el contenido del tradicional deber de custodia –entendido como el almacenamiento físico de documentos- se ha visto superado por el archivo informático en dispositivos como ordenadores, tabletas o dispositivos de memoria.

Igualmente, la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de datos, primero y del Reglamento General de Protección de datos el pasado 25 de mayo, han obligado a los letrados a aumentar el grado de diligencia en el tratamiento que realizan de este tipo de información personal.

El incumplimiento de estos deberes, concluyó José Domingo, puede tener –para el letrado infractor- consecuencias disciplinarias (como son las sanciones impuestas por Colegios Profesionales), administrativas sancionadoras y civiles.

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