- La Comisión Europea ha multado con 2.930 millones de euros a estas empresas por crear un cártel para pactar los precios de los camiones.
- Los transportistas que adquirieron un camión de las firmas DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Volvo-Renault y MAN entre los años 1997 y 2011 podrán reclamar una indemnización por el sobrecoste sufrido en la compra de los vehículos.
- Domingo Monforte Abogados Asociados ofrece a los transportistas, empresarios o autónomos, una defensa legal profesional y cualificada.
- Se calcula que puede haber unos 150.000 transportistas y empresas que han comprado alrededor de 200.000 camiones en esos 14 años de vigencia del cártel.La Comisión Europea impuso, a finales de julio, de 2016 una multa de 2.930 millones de euros a los fabricantes de camiones DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Volvo-Renault y MAN. Durante 14 años, entre 1997 y 2011, las empresas crearon un cártel en el que acordaron aumentos de precios de sus productos y establecieron acuerdos para retrasar la introducción de las tecnologías anticontaminación para cumplir con las normativas europeas. Determinaron, de forma ilícita, los tiempos para la introducción de estas tecnologías y acordaron repercutir estos incrementos de gasto sobre los clientes.Ahora los transportistas afectados por estos sobrecostes podrán reclamar ante los tribunales y exigir una indemnización por el daño sufrido a causa de este sobrecoste.
En Domingo Monforte Abogados Asociados estamos preparando una defensa legal adecuada a los intereses de los transportistas, empresarios o autónomos. Será clave un buen cálculo de los daños que se deben analizar caso a caso.
Quiénes pueden reclamar
Los perjudicados son los compradores de camiones de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco, y DAF, entre los años 1997 y 2011. Con probable extensión hasta 2013 ya que, según la doctrina económica, después del fin de un cártel los precios no vuelven de inmediato a un nivel competitivo, sino que tardan alrededor de dos años.
También lo serían quienes suscribieron un contrato de leasing de dichas marcas, en esos años.
Pueden reclamar incluso aunque hayan vendido el vehículo. No podrán los compradores de vehículos de segunda mano.
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