IMPENSAS POSTGANANCIALES

impensas postgananciales

Área de Derecho de Familia y Sucesiones de DOMINGO MONFORTE Abogados

 Las impensas son los gastos que se hacen en un bien del que se tiene la posesión pero no la propiedad.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de abril de 2024 aborda la cuestión ante una situación de una comunidad postganancial constituida por un único bien inmueble en el que se han realizado mejoras una vez disuelta la sociedad de gananciales.

El recurrente entiende que los gastos por las obras de reforma no han de incluirse en el pasivo ganancial, sino que han de reclamarse por el comunero por cuanto que la sociedad ganancial estaba disuelta cuando se generaron.

El Tribunal Supremo desestima el recurso, basándose en el art. 1063 del Código Civil que es aplicable a la sociedad de gananciales por la remisión del art. 1410 CC. Y en base a este precepto entiende que han de compensarse las mejoras útiles realizadas en los bienes, dentro de las que se incluyen las obras que, sin ser necesarias, dan mayor valor al inmueble. Se incluyen por razón de utilidad.

 

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