Área de Derecho de Familia de DOMINGO MONFORTE Abogados
Se cuestionó el hecho de si una persona con capacidad modificada judicialmente y sobre la que se había nombrado una curadora cuya autorización era necesaria para los actos jurídicos, económicos y mercantiles relevantes, podía, por sí sola, presentar demanda en solicitud de divorcio.
El Tribunal Supremo en Sentencia de 30 de mayo de 2024 considera que la curatela no afecta a la voluntad de pedir el divorcio del matrimonio. Y que cuando la sentencia que establece las medidas de apoyo se refiere a actos jurídicos complementarios, solo lo hace respecto a los de carácter patrimonial, no personal.
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