Área de Derecho Administrativo de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados.
Sentencia del Tribunal Supremo nº 1316/2020, Sala Tercera, de 15 de octubre de 2020
Nos ha parecido interesante el análisis, en nuestro espacio de actualidad, de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, nº 1316/2020, de 15 de octubre, que gravita en torno al principio de culpabilidad y la excepción a la responsabilidad tributaria que impide imponer automáticamente una sanción tributaria.
Para ello, sigue el criterio jurisprudencial que recogió precedentemente en el tiempo su Sentencia de 26 de octubre de 2016 y somete a distinción cuando estamos ante una diferencia interpretativa, una opción tributaria (economía de opción) o el obligado tributario hubiera ajustado su actuación a criterios tributarios manifestados por la Agencia Tributaria en publicaciones, comunicaciones escritas o consultas de otros obligados tributarios, a los que les será aplicable “…la excepción del artículo 179 LGT que excluye la responsabilidad por infracción tributaria en aquellos casos en los que el obligado tributario aduce una interpretación razonable de la norma, ante la existencia de calificaciones jurídicas divergentes en relación con operaciones similares…”. De situaciones de mero artificio del contribuyente generando para provocar la duda, la simulación, en definitiva, no es una opción fiscal y hace acreedor de la responsabilidad por fraude tributario.
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