QUEBRANTAMIENTO DE ORDEN DE ALEJAMIENTO: AUSENCIA DE DOLO, ABSOLUCIÓN

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Área de Derecho Penal de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados

Nuestro equipo penal asumió la defensa de un cliente acusado de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, con petición de pena de prisión por parte del Ministerio Fiscal y de la acusación particular.

El núcleo de la acusación se centraba en una supuesta llamada telefónica realizada a la persona protegida, en aparente vulneración de una orden de alejamiento vigente. La existencia de la llamada estaba acreditada documentalmente, lo que situaba el caso en un escenario delicado desde el inicio.

La estrategia de defensa se orientó a desmontar el elemento esencial del tipo penal: la intencionalidad de quebrantar la medida. Para ello, se trabajó de forma precisa la prueba testifical y el contexto fáctico en el que se produjo la llamada, acreditando que no fue realizada por nuestro cliente, sino por un tercero sin conocimiento de la existencia de la medida y sin intervención ni instrucción alguna por parte del acusado.

Asimismo, se puso de manifiesto la insuficiencia probatoria respecto de otros contactos alegados de forma indirecta, evidenciando que se trataba de meras sospechas no corroboradas.

El Tribunal, tras valorar en conjunto la prueba practicada, concluyó que no había quedado acreditada la autoría ni, en consecuencia, el dolo necesario para la comisión del delito, destacando la falta de prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.

El procedimiento finalizó con sentencia absolutoria, con todos los pronunciamientos favorables para nuestro cliente.

Este asunto refleja la importancia de una defensa técnica rigurosa en materia penal, especialmente en delitos donde la prueba indiciaria y el contexto pueden resultar determinantes. La correcta identificación de los elementos típicos y la gestión estratégica de la prueba fueron claves para el resultado obtenido.

 

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