LA NECESARIA ADAPTACIÓN DE LAS ANTIGUAS TUTELAS AL NUEVO SISTEMA DE APOYOS

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Área de Derecho de Familia y Sucesiones de DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados

La entrada en vigor de la Ley 8/2021 de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha transformado el sistema jurídico de protección de las personas con discapacidad, sustituyendo el antiguo modelo de incapacitación y tutela por un sistema de medidas de apoyo orientado a respetar la voluntad, deseos y preferencias de la persona.

Este cambio normativo exige revisar y readaptar numerosas situaciones jurídicas constituidas bajo la legislación anterior. En este contexto, nuestro equipo del área de Familia y Sucesiones ha intervenido recientemente en un procedimiento judicial destinado a revisar una situación de incapacidad absoluta declarada en 2020 con nombramiento de tutor.

La sentencia dictada por el Tribunal de Instancia de Picassent el 11 de marzo de 2026 acuerda la extinción de la tutela previamente establecida y su sustitución por un sistema de curatela de carácter asistencial, ajustado a las necesidades concretas de la persona afectada.

La resolución delimita las medidas de apoyo en el ámbito personal y patrimonial, manteniendo intactos los derechos fundamentales de la persona y designando como curadores a sus hermanos, quienes deberán rendir cuentas periódicamente y actuar conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad que inspiran el nuevo modelo de apoyos.

Este tipo de resoluciones refleja el proceso de adaptación de nuestro ordenamiento al nuevo sistema de protección basado en apoyos, en el que la intervención judicial busca equilibrar la protección jurídica con el respeto a la autonomía personal.

 

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