Menores maltratadores: Dolor de padres al límite

Publicado en Levante-EMV el 20 de abril de 2018.

Carolina Navarro González. Abogada especializada en Derecho de Familia. Domingo Monforte Abogados.

Quizás sea el dolor que provoca la certeza de que quien te hiere es tu propio hijo. O la vergüenza. O la convicción interna de creerse fracasado en su educación.

Sea por un motivo u otro, lo cierto es que cada año alrededor de 5.000 padres denuncian en España agresiones de sus hijos. Unas cifras ya de por sí desoladoras pero que se tornan –si cabe- más reveladoras si tenemos en cuenta que representan únicamente el 15 % de las agresiones que se calcula, según datos de las Fiscalías de Menores, que en realidad se producen.  En la mayor parte de ocasiones, no traspasan las fronteras del propio hogar.

No se trata de una problemática nueva pero sí ha venido cobrando relevancia en los últimos años. No podemos establecer con claridad si ha habido un aumento de casos ya que, como mencionábamos, muchos de los que tienen lugar quedan reservados a la más estricta intimidad familiar. O si, simplemente, nos encontramos ante una mayor visibilidad de este fenómeno. En los últimos diez años, unos 17.000 menores han sido procesados en España por maltratar a sus padres.

Se estima que cada día se ponen en marcha en nuestro país diez procedimientos derivados de supuestos de maltrato a los padres por parte de sus hijos. Esto es, agresiones, insultos, robos… protagonizados por menores. Tanto es así que se calcula que el 10% de los menores españoles maltrata a sus padres. Y no nos referimos a episodios puntuales o ataques que se producen en momentos de alteración, sino a lo que se ha venido conociendo como violencia filio-parental.

Ésta hace referencia al conjunto de conductas reiteradas de violencia física, psicológica o económica dirigida principalmente a los padres o a las madres o a otros miembros de la unidad familiar que ocupen su lugar, como puede ser un tutor o un abuelo.

Ante estas conductas, las familias suelen descartar, en un primer momento, el acudir a la vía penal. Optan, en la mayoría de casos, por recurrir a profesionales, buscando la ayuda especializada de psicólogos, mediadores, orientadores o trabajadores sociales. Sin embargo, en ocasiones no resulta viable esta fórmula por el coste económico que entraña y que no puede ser asumido por la familia. Para mitigar estas situaciones, las distintas administraciones están poniendo en marcha programas gratuitos de intervención familiar, pero todavía queda mucho camino por recorrer y generalmente los recursos destinados a este fin no son suficientes.

Los profesionales coinciden en el deterioro a todos los niveles que genera este tipo de maltrato. Hablamos de violencia física, de pegar a los padres, darles patadas, bofetadas, puñetazos o escupirles, pero también de violencia psicológica, de hacerlos sufrir con amenazas, chantajes, manipulaciones o insultos.

Estas conductas tienen un objetivo que suele pasar por conseguir lo que los menores quieren, ya sea algo material como unas zapatillas, un videojuego o una moto, o simplemente experimentar una sensación interna. Bien una sensación de poder y control sobre los padres, es decir, la mera satisfacción de sentirse por encima de éstos, o bien la simple utilización de este maltrato como válvula de escape, de alivio y desahogo.

Precisamente cuando no se puede acceder las fórmulas de mediación familiar o cuando éstas no habrían funcionado, algunas familias –ante lo desesperado de la situación- deciden recurrir a la justicia como último recurso, y concretamente a la vía penal, denunciando o querellándose contra sus propios hijos.

La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor prevé la obligación de indagar y elaborar un informe detallado sobre la situación socio-familiar antes de decidir sobre la conducta agresiva del menor. Se trata de un informe preceptivo aunque no vinculante que servirá para que el Juez pueda conocer las circunstancias concretas del menor y de su entorno.

En la mayor parte de supuestos, al tratarse de menores que no delinquen fuera del núcleo de su propia familia, la Fiscalía se decanta por solicitar medidas –y no penas- que no requieren la privación de libertad, dejando para los casos especialmente graves el internamiento en centros de menores. La decisión judicial pasa, nuevamente, por recurrir en esta fase a la participación de profesionales que trabajen la reeducación de los niños.

Y es que esta es precisamente la clave. Por eso son frecuentes medidas como la obligación de recibir un tratamiento terapéutico o pautas educativas orientadas al restablecimiento de la paz en las relaciones familiares. En este tránsito hacia la normalización de las relaciones se hace necesaria la implicación de los padres, quienes, a menudo, deben reconducir pautas educacionales o de crianza que inicialmente no habrían funcionado.

A pesar de que, como suele ocurrir en Derecho, no cabe generalización, y deberemos analizar cada caso en concreto, es cierto que conductas como la sobreprotección, el autoritarismo o la incoherencia entre los estilos educativos de los padres son frecuentes en los supuestos de menores maltratadores de sus padres.

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